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¿Cómo capitalizarte e innovar en tiempos de pandemia?

Desde hace varias semanas todo el mundo y en particular la población mexicana se ha enfrentado a las consecuencias generadas por la Covid-19, hasta ahora, cómo has llevado tu emprendimiento.


Desde hace varias semanas todo el mundo y en particular la población mexicana se ha enfrentado a las consecuencias generadas por la Covid-19, las cuales aquejan el ámbito de la salud y han golpeado hasta el ecosistema emprendedor y el panorama laboral.

Nos queda claro es que todos los sectores están dando batalla para hacerle frente a la epidemia y a sus consecuencias; los trabajadores de la salud, la administración pública, los emprendedores y sus trabajadores, cada quién, en su trinchera para salir adelante.

En ese sentido, KomenKo, Startup Lawyers, te da algunas recomendaciones para que tu startup pueda salir adelante en esta crisis.

Es importante mencionar que desde el día 30 de marzo fue publicada la declaratoria de emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, generada por la Covid-19, por parte del Consejo Nacional de Salubridad General, lo que trajo consigo, la suspensión de las actividades no esenciales que hasta el día de hoy, se ha extendido.

Por lo que dichos consultores te proponen algunos puntos a tomar en cuenta para trazar tu plan de contigencia.

 

1.- Identifica si tu startup realiza actividades consideradas como esenciales.

Puedes consultar si tu emprendimiento realiza actividades esenciales en el Diario Oficial de la Federación de fecha 31 de marzo y 14 de mayo en el siguiente enlace: https://www.dof.gob.mx/

Si notas que realizas actividades esenciales deberás hacer lo siguiente:

  • No puede haber más de 50 personas en el establecimiento y todos deberán ser menores de 60 años, no debe haber mujeres embarazadas o personas con diágnostico de hipertensión arterial, diabetes mellitus, enfermedad cardíaca o pulmonar crónicas, inmunosupresión (adquirida o provocada), insuficiencia renal o hepática.
  • Adoptar las medidas de higiene correspondientes (conforme a la NOM-030-STPS2009 y las que emita la STPS, IMSS y la SE).
  • Hacer del conocimiento de tus colaboradores que deberán lavarse las manos frecuentemente, que deberán toser o estornudar aplicando la etiqueta respiratoria, no deberán saludarse de beso o de mano y utilizar cubrebocas.

 

2.- Saca las cuentas

Identifica en qué áreas se encuentran los principales gastos de tu emprendimiento y analiza cuáles puedes suprimir o recortar.

Para el caso que tengas celebrados contratos de arrendamientos de locales, bodegas, plantas o CEDIS y por orden de las autoridades estés impedido para hacer uso completo de los inmuebles, nosotros te sugerimos que entables una negociación con tus arrendadores, con la finalidad que no se genere el pago de rentas durante el periodo que dure la declaratoria de contigencia sanitaria.

Lo anterior, encuentra sustento en el Código Civil (por lo menos de la Ciudad de México, Nuevo León y Jalisco), el cual señala que si por caso fortuito o fuerza mayor el arrendatario no puede hacer uso del inmueble no se generará renta durante el tiempo que dure el impedimento.

Por otra parte, si puedes hacer uso parcial del local que tienes arrendado podrías solicitarle al arrendador que realice un ajuste al monto de la renta derivado que no estás haciendo uso completo del local, lo cuál también tiene sustento en los Códigos Civiles de dichos estados.

 

3.- ¡Hagan que el equipo funcione!

El tema laboral ha causado polémica entre patrones y trabajadores, pero no debería ser motivo de fricciones, sino una oportunidad para hacer equipo y salir juntos adelante.

Si estás obligado a suspender tus actividades, identifica el tipo de trabajadores que tienes (por honorarios o asalariados), en el caso de que tengas trabajadores asalariados, calcula el total a pagar por conceptos de salario.

El realizar pagos sin tener ingresos puede dejar por los suelos tu emprendimiento, si puedes costear los salarios de tus trabajadores al 100% ¡excelente! Pero si no puedes, busca entablar una negociación con tus trabajadores para ajustar el salario.

Si bien, la Ley Federal del Trabajo señala en el artículo 427 que se podrán suspender las relaciones de trabajo de manera temporal si existe una declaratoria de contigencia sanitaria, hasta la fecha de la redacción del presente artículo no ha ocurrido, por lo que estás obligado a pagar el salario íntegro, salvo que haya acuerdo entre los colaboradores y tu startup, te recomendamos que en caso de haberlo se realice por escrito para evitar futuras controversias.

 

4.- ¿Y la seguridad social?

Debes seguir pagando las aportaciones de seguridad social durante este periodo pero si llegas a un acuerdo para modificar el salario también podrás modificar el salario base de cotización que registraste ante el IMSS, lo cuál puede representar un ahorro para ti, previenes futuras multas y no dejas desprotegidos a tus trabajadores.

 

5.- Capitalízate e innova

Si vas a hacer uso de tu línea de crédito analiza bien las condiciones bajo las cuales te otorgarán los créditos, recuerda que actualmente para financiarte no solamente tienes que recurrir a los préstamos bancarios, explora otras alternativas como las de economía colaborativa, puede que te otorguen mejores condiciones que la banca tradicional.

Además este tiempo puede servirte para reflexionar sobre los servicios o productos que vendes, aprovecha las ventajas del mundo digital y del e-commerce que abre el panorama para un sinfín de mercados.

Eso sí, recuerda que en caso de comercializar productos en línea deberás contar con tu aviso de privacidad y tus términos y condiciones para evitar problemas.

 

6.- Atento a las comunicaciones oficiales

Existe mucha desinformación respecto de lo que se puede hacer y lo que no, en este periodo, nosotros te recomendamos estar al pendiente de las disposiciones que emitan las autoridades oficiales, pueden resultarte de interés los sitios de la Secretaría de Economía, Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Para mayor información visita: http://komenko.mx/ o bien, info@komenko.mx

 

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